Cómo inscribir una herencia en el Registro de la Propiedad
Por Redacción de Guía de herencias. Actualizado el
En resumen
Para inscribir un inmueble heredado se presenta en el Registro de la Propiedad donde está la finca la escritura de aceptación y adjudicación de herencia, junto con el justificante del impuesto de sucesiones y la comunicación de la plusvalía municipal. La inscripción no es obligatoria, pero sin ella no podrás vender, hipotecar ni demostrar fácilmente que eres el dueño.
Contenido de esta guía
Firmar la escritura de herencia no basta para que la casa figure a tu nombre: falta inscribirla en el Registro de la Propiedad. Es el último paso.
Por qué inscribirla
- Para vender o hipotecar: el comprador o el banco exigirán que la casa esté inscrita a tu nombre.
- Para protegerte: lo que está inscrito se presume tuyo frente a cualquiera.
- Para evitar problemas futuros: si la dejas sin inscribir y luego tus hijos la heredan, tendrán que regularizar dos herencias a la vez.
Lo que necesitas
| Documento | Por qué |
|---|---|
| Copia autorizada de la escritura de aceptación y adjudicación de herencia | Es el título que se inscribe |
| Justificante de haber presentado el impuesto de sucesiones | La ley impide inscribir sin él |
| Justificante de la plusvalía municipal (declaración o comunicación) | El Registro debe comprobar que se ha comunicado al ayuntamiento |
Pasos
- Presenta la escritura en el Registro de la Propiedad del lugar donde está el inmueble. El notario puede enviarla telemáticamente.
- El Registro la califica: comprueba que todo está en orden.
- Si hay algún defecto, te lo comunica para que lo corrijas.
- Inscripción: la finca queda a tu nombre.
- Pide una nota simple para comprobarlo.
Cuánto cuesta
Los registradores cobran según un arancel oficial, que depende sobre todo del valor del inmueble. Puedes pedir el presupuesto en el propio Registro.
Y después
- Comunica el cambio de titular al Catastro (a veces se hace automáticamente desde el notario o el Registro).
- Cambia la titularidad del IBI y de los suministros. Lo explicamos en cambiar las titularidades tras un fallecimiento.
Preguntas frecuentes
¿Es obligatorio inscribir la herencia?
No es obligatorio, pero es muy recomendable: protege tu propiedad frente a terceros y es imprescindible para vender o hipotecar.
¿Puede presentarlo el notario?
Sí. Muchas notarías presentan la escritura telemáticamente en el Registro, y una gestoría puede ocuparse del resto.
Fuentes oficiales
- Ley 29/1987, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (texto consolidado), artículo 33
- Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, artículo 110
Esta guía es informativa y no sustituye el consejo de un abogado, notario o asesor fiscal. Las normas cambian: comprueba la fecha de actualización.