Heredar una casa con hipoteca: tus opciones
Por Redacción de Guía de herencias. Actualizado el
En resumen
Al heredar una casa hipotecada heredas también la deuda, en proporción a tu parte. Antes de nada, revisa si la hipoteca tenía un seguro de vida vinculado que la cancele. Si no, puedes seguir pagando las cuotas, cancelar la deuda, vender la casa y pagar al banco con lo obtenido, o renunciar a la herencia. La deuda pendiente se resta al calcular el impuesto de sucesiones.
Contenido de esta guía
Heredar una casa no siempre es heredar un bien: si está hipotecada, la deuda viene con ella. Lo bueno es que hay varias salidas, y una revisión previa que puede ahorrarte mucho.
Antes de nada: ¿había seguro de vida?
Muchas hipotecas tienen un seguro de vida vinculado cuyo beneficiario es el banco. Si existe, al fallecer el titular el seguro paga la hipoteca pendiente, total o parcialmente según la póliza. Pídele al banco el detalle y consulta el certificado de seguros del Ministerio de Justicia.
Tus cuatro opciones
| Opción | Cómo funciona | Cuándo conviene |
|---|---|---|
| Seguir pagando | Los herederos asumen las cuotas, cada uno en su proporción | Si alguien quiere quedarse la casa y puede pagar |
| Cancelar la deuda | Se paga lo pendiente con dinero de la herencia o propio | Si queda poca deuda y hay liquidez |
| Vender la casa | Con el dinero de la venta se cancela la hipoteca | Si nadie quiere la casa o no podéis pagar |
| Renunciar | No heredas la casa ni la deuda | Si la deuda supera el valor de la casa y del resto de la herencia |
Si no sabes si la herencia tiene más deudas que bienes, la opción prudente es aceptar a beneficio de inventario.
La hipoteca en el impuesto de sucesiones
La deuda pendiente el día del fallecimiento se resta del valor de lo heredado. Ejemplo: una casa de 250.000 € con 90.000 € de hipoteca pendiente cuenta como 160.000 € a efectos del impuesto, siempre que la deuda esté acreditada con un certificado del banco.
Pasos con el banco
- Comunica el fallecimiento y pide el certificado de deuda pendiente a esa fecha.
- Pregunta por el seguro vinculado.
- Sigue pagando las cuotas mientras decidís, para evitar intereses de demora y que se acumule deuda. Pagar cuotas para conservar el bien no se considera aceptar la herencia.
- Decidid entre las cuatro opciones y, si alguien se queda con la casa, gestionad con el banco el cambio de titular del préstamo.
Preguntas frecuentes
¿El banco puede exigir que pague toda la hipoteca de golpe?
El fallecimiento no hace vencer por sí solo el préstamo. Los herederos ocupan el lugar del fallecido y pueden seguir pagando las cuotas, aunque el banco puede pedir actualizar la titularidad y las garantías.
¿La hipoteca reduce el impuesto de sucesiones?
Sí. Las deudas del fallecido que estén acreditadas, como la hipoteca pendiente, se restan del valor de la herencia al calcular el impuesto.
Fuentes oficiales
- Ley 29/1987, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (texto consolidado), artículos 12 y 13
- Código Civil (texto consolidado), artículos 1003 y 1010 a 1034
Esta guía es informativa y no sustituye el consejo de un abogado, notario o asesor fiscal. Las normas cambian: comprueba la fecha de actualización.